El Gobierno de Aragón ha publicado unas subvenciones para proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental vinculados a la economía circular para empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos establecidos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Las temáticas recogidas en estas subvenciones en economía circular son las siguientes:
- Ecodiseño de procesos y productos que promueva una mayor eficiencia de los recursos materiales a lo largo del ciclo de vida del producto, incluyendo la reutilización del producto o partes del mismo.
- Reciclado de materiales u otras formas de valorización material de subproductos o residuos. Nuevas aplicaciones de materiales reciclados.
- Simbiosis industrial que promueva la eficiencia en el uso de residuos y subproductos.
- Nuevos procesos, tecnologías o materiales que contribuyan a la valorización de residuos que actualmente no se están valorizando.
El presupuesto destinado a la ayuda es de 4.000.000 euros, de los cuales se destinarán 2.000.000, 1.400.000 y 600.000 para los años 2022, 2023 y 2024 respectivamente.
El plazo de solicitud está abierto y finaliza el 8 de agosto de 2022.
Empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos establecidos en la Comunidad Autónoma de Aragón, con la posibilidad de participar de forma individual o en cooperación.
El importe de subvención será de un 25% para proyectos de desarrollo experimental y un 50% para proyectos de investigación industrial. La cuantía máxima subvencionable es de 325.000 euros en caso de investigación industrial y de 250.000 euros en el caso de desarrollo experimental.
El importe del proyecto deberá ser como mínimo de 650.000 euros.
Serán subvencionables los gastos que estén en plazo acordado y cuya actividad sea susceptible de subvención:
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- Los costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
- Los costes del instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto.
- Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
En ningún caso serán gastos subvencionables:
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- Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
- Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
- Los gastos de procedimiento judiciales.
- Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
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